Si se encuentra de viaje este fin
de semana largo, tenga en cuenta que los proveedores de cada servicio tienen la
obligación de ofrecer al consumidor toda la información relevante para que
este tome las mejores decisiones de consumo. La norma se aplica también para
los operadores turísticos, y en especial para los hospedajes.
De acuerdo a Indecopi,
en el caso del turismo, lo principal es contar con información clara. En este
caso, si se contrata una agencia de viajes, el consumidor tiene
derecho a ser informado de los servicios con los que esta cuenta, por ejemplo, servicio
de transporte, programas turísticos, así como la disponibilidad de los
lugares que se visitarán, a fin de evitar el incumplimiento de los itinerarios
y horarios.
Si la agencia no
puede cumplir con lo ofrecido, el consumidor tiene derecho a la
sustitución del servicio contratado por otro servicio similar o a la devolución
total de lo pagado. Es más, no se debe permitir cobros adicionales por los
servicios contratados.
Infracciones y formas de quejarse
Para los operadores
turísticos, la publicidad de laspromociones debe consignar, en cada uno de
los anuncios, la indicación clara de su duración, con información objetiva y
veraz para el consumidor, colocando la cantidad disponible de los paquetes
ofrecidos.
En caso de que el proveedor
diferencie el precio del producto o servicio en función del medio de pago, como tarjetas
de crédito u otros,
dicha información deber ser puesta en forma visible y accesible, en el
establecimiento comercial. En caso contrario, los consumidores no pueden ser
obligados a pagar sumas adicionales.
Además, los precios exhibidos
deben ser consignados enmoneda nacional,
pero si quieren venderse en moneda extranjera entonces debe indicarse el tipo
de cambio. En estos casos, el proveedor está obligado a aceptar el pago en
dicha moneda o su precio equivalente en moneda nacional, a elección del
consumidor.
Por último, en todo
establecimiento comercial se tiene el derecho a que se le entregue un comprobante
de pago (factura
o boleta), ya que es una prueba de la relación de consumo frente a un posterior
reclamo o denuncia. Si el consumidor no está conforme con el producto que le
vendieron o con el servicio, tiene derecho a usar el Libro de Reclamaciones.
Fuente: diariocorreo.pe
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